En el moderno Estado de Derecho se presume la universalidad de los derechos consagrados por el sistema jurídico. Sin embargo, encontramos que en determinados supuestos y a determinados sujetos se les limita en derechos que se consideran genéricos.Desarrollar el régimen español de algunos casos en que aparecen tales limitaciones es el objetivo de la autora.En el texto constitucional español, el artículo 10.1 enumera el fundamento del orden político y de la paz social: la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás. En tomo a tales figuras se construye el Estado de Derecho español.
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