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Resumen de La imputación de pagos del fondo de garantía salarial en caso de concurso de acreedores.: Comentario de la sentencia del Tribunal Supremo [sala 1a] de 8 de enero de 2020

Ana Belén Campuzano Laguillo

  • español

    El Tribunal Supremo determina el criterio de imputación que debe seguirse respecto a los pagos que realiza el Fondo de Garantía Salarial en un concurso de acreedores. El Estatuto de los Trabajadores no contiene ninguna regla de imputación de los pagos que realiza el Fondo de Garantía Salarial -que se subroga en la posición de cada uno de los trabajadores respecto de los créditos satisfechos y frente a la sociedad concursada-, más allá de la especificación de las cuantías abonadas por indemnizaciones y por salarios, ni tampoco se encuentra esta regla en la normativa general laboral sobre imputación de pagos a créditos laborales.

  • English

    The Supreme Court determines the allocation criteria to be followed with respect to the payments made by the Fondo de Garantía Salarial in a insolvency proceedings. The Statute of Workers doesn't contain any rules for the allocation of payments made by the Fondo de Garantía Salarial -subrigated in the position of each of the workers with respect to the credits paid and front the insolvent company-, beyond the specification of the amounts paid for compensation and wages, nor is this rule found in the general labor regulations on the allocation of payments to labor credits.


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