El presente trabajo pretende analizar varias cuestiones alrededor de la Sentencia del Tribunal Supremo de 1 de octubre de 2019. Analizamos el alcance de una cláusula de un convenio concursal en cuanto afecta a la forma de pago de la deuda ordinaria con una Administración Pública. Esta Sentencia nos sirve de pretexto para analizar el alcance de una Sentencia firme de aprobación de un convenio, y del régimen de pago de los créditos ordinarios y privilegiados, en la medida en que el titular de los mismos fuera una Administración Pública. Nos permite exponer un fundamento alternativo al de la señalada Sentencia, en clave concursal, que no se deja -no se quiere dejar- avasallar por la dudosamente luminosa presencia del Estado, como parte del conflicto intersubjetivo. Al final, este trabajo evoluciona a un grito, estético, reivindicando igualdad.
The present work intends to analyse several issues, around the Supreme Court Judgment of October 1, 2019. We analyze the scope of a clause of a bankruptcy agreement as it affects the form of payment of the ordinary debt with a Public Administration. This judgment allows me to analyze limits of a judgment that approves a bankruptcy agreement, and the limits of the regime of payment when the owner is a Public Administration. It allows to present an alternative fundamentals of law, on the basis of greater equality.
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