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Maternidad y trabajo autónomo

    1. [1] Universidad Nacional de Educación a Distancia

      Universidad Nacional de Educación a Distancia

      Madrid, España

  • Localización: Revista del Ministerio de Empleo y Seguridad Social: Revista del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, ISSN 2254-3295, Nº. 144, 2019, págs. 179-196
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Maternity and self-employment
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El artículo analiza las recientes e importantes modificaciones legislativas introducidas por La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo; el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo; y el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. A ellas hay que sumar la incidencia que ha supuesto la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, de 3 de octubre de 2018 sobre la exención en el Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas de las prestaciones por maternidad, que ha dado origen a la publicación del Real Decreto-ley 17/2018, de 28 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria y catastral que, aun tratándose de materia tributaria, afecta igualmente al Derecho de la Seguridad Social.

      Estas leyes introducen modificaciones de calado en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores; en la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajador Autónomo; en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social;

      y en el Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social. De entre ellas, el presente trabajo analiza las que se refieren a la maternidad y al trabajo autónomo.

      En primer lugar, aborda las dos nuevas prestaciones de Seguridad Social instauradas:

      por nacimiento y cuidado de menor, que sustituye a los desaparecidos subsidios de maternidad y paternidad, y de corresponsabilidad en el cuidado del lactante. Estas dos nuevas prestaciones son reconocidas a los trabajadores autónomos en los mismos términos y condiciones que las previstos para los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General, lo que conlleva el estudio del artículo 48, apartados, 4, 5 y 6, y del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores. Se incide en la filosofía que impregna su regulación, la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la conciliación de la actividad profesional con la vida personal y familiar, pero también en el nuevo criterio que se está implantando en los ordenamientos jurídicos como fundamento regulatorio: la corresponsabilidad de los progenitores en la crianza y educación de los hijos, auténtica novedad legislativa, no solo en nuestro país, sino también perceptible en el ámbito de la Unión Europea, como acredita la recientemente publicada Directiva 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/ UE, la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible y la Declaración del centenario de la OIT para el futuro en el trabajo (2019).

      En segundo lugar, respecto a los subsidios durante el embarazo y la lactancia natural, se alude a la cotización adicional que ha de practicarse en el sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrario al permanecer, en este caso, con carácter voluntario la cobertura de las contingencias profesionales.

      Igualmente, refleja la problemática existente sobre la evaluación de los riesgos -especialmente, durante la lactancia natural, especialmente, en nuestro país- que ha originado el pronunciamiento de dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la interpretación efectuada de la Directiva 92/85/ CEE y del artículo 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en ambos casos, tras plantear dos cuestiones prejudiciales el Tribunal Superior de Justicia de Galicia: sentencia de 19 de octubre de 2017 (C-531/15) y sentencia de 19 de septiembre de 2018 (C-41/17). En ellas, se pone de manifiesto la incorrecta -incluso el Alto Tribunal habla de inexistente- evaluación del riesgo practicada con arreglo a las exigencias establecidas en normativa de la Unión Europea, lo que comporta un trato menos favorable a una mujer embarazada o lactante y constituye una discriminación directa por razón de sexo, con las consecuencias que ello conlleva. Esta jurisprudencia se considera que es asimismo aplicable a las trabajadoras autónomas.

      En tercer lugar, se exponen las bonificaciones en la cuota de Seguridad Social previstas para las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo una vez finalizada la baja por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, señalando el nuevo criterio de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social al respecto, y las establecidas para personas trabajadoras autónomas durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.

      Finalmente, en cuarto lugar, se hace referencia a la reciente exención en el impuesto sobre la renta de las personas físicas de las prestaciones por maternidad tras la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, a raíz de la cual, se ha modificado el artículo 7.h) de la ley reguladora del mencionado impuesto. La nueva regulación, no solo establece la exención del subsidio por maternidad, sino que la amplia al subsidio de paternidad del sistema de la Seguridad Social y a las prestaciones percibidas por los profesionales no integrados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos que perciben las prestaciones por maternidad y paternidad de las mutualidades de previsión social que actúen como alternativas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

      El trabajo va precedido de unas consideraciones preliminares sobre los conceptos de maternidad y trabajador autónomo, teniendo en cuenta la (nueva) perspectiva internacional de estas dos cuestiones: Naciones Unidas, Organización Internacional del Trabajo y Unión Europea.

    • English

      The article analyses the recent major legislative changes introduced by Law 6/2017 of 24 October on Urgent Reforms of Self-Employment; Royal Decree- Law 28/2018 of 28 December on the revaluation of public pensions and other urgent measures on social, labour and employment issues; and Royal Decree- Law 6/2019 of 1 March on urgent measures to guarantee equal treatment and opportunities for women and men in employment and occupation. In addition to these, on 3 October 2018 the Administrative Chamber of the Supreme Court ruled that the Personal Income Tax from maternity benefits should be waived, which has led to the publication of Royal Decree-Law No. 17/2018 of 28 December, adopting certain measures on taxes and land registration which, even though they are related to tax issues, also affect Social Security Law.

      These laws introduce substantive amendments to Royal Legislative Decree 2/2015 of 23 October, approving the consolidated text of the Workers' Statute Act; Law 20/2007 of 11 July on the Self-Employed Workers’ Statute Act; Royal Legislative Decree 8/2015 of 30 October, approving the consolidated text of the General Law of Social Security; and Royal Decree 2064/1995 of 22 December, approving the consolidated text of the General Rules on Contribution and Assessment of other Social Security Payments. Among them, the present work analyses those relating to maternity and self-employment.

      First, it addresses the two new benefits introduced by the Social Security: childbirth and care for minors and co-responsibility in the care of infants, replacing the disappeared maternity and paternity allowances. These two new benefits are granted to self-employed workers on the same terms and conditions as those provided for employees included in the General Scheme, which entails the study of Article 48, sections 4.5 and 6 and Article 37.4 of the Workers' Statute Act. It focuses on the philosophy that governs its regulation, the equal treatment and opportunities for women and men and work-life balance policies, but also on the new approach being introduced in legal systems as a regulatory basis: The co-responsibility of parents in the upbringing and education of their children, a genuine legislative novelty, not only in our country but also noticeable within the European Union, as evidenced by the recently published Directive 2019/1158 of the European Parliament and of the Council of 20 June 2019 on work-life balance policies for parents and caregivers, and repealing Directive 2010/18/EU.

      Secondly, with regard to subsidies during pregnancy and breastfeeding, reference is made to the additional contribution to be made in the Special System of Agricultural Self-Employed Workers, in which the coverage of occupational contingencies is voluntary. It also reflects the problem of assessing risks - especially during breastfeeding and particularly in our country - which has resulted in the pronouncement of two judgements by the Court of Justice of the European Union on the interpretation of Directive 92/85/EEC and article 26 of the Law on Prevention of Occupational Risks, both of which have been raised by the High Court of Justice of Galicia: judgement of 19 October 2017 (C- 531/15) and judgement of 19 September 2018 (C-41/17). They reveal the incorrect assessment - even the High Court refers to it as non-existent - of the risk carried out in accordance with the requirements established by the European Union legislation, which results in less favourable treatment for pregnant or nursing women and constitutes direct discrimination on the basis of sex, with the consequences that this entails. This case law is also considered to apply to self-employed women.

      Thirdly, we analyse the Social Security quota benefits provided for self-employed women returning to work after the termination of maternal leave due to the birth of a son or a daughter, adoption, care for adoption, care and guardianship purposes, noting the new approach of the Directorate-General for Social Security Management in this regard, and those established for self-employed women during maternity leave, adoption, care for adoption, care, risk during pregnancy or risk during breastfeeding.

      Finally, fourthly, reference is made to the recent exemption in the Personal Income Tax from maternity benefits following the judgement of the Administrative Chamber of the Supreme Court, which has resulted in the amendment of article 7.h) of the Act regulating such Tax. The new regulation not only provides for the exemption from maternity allowance, but also for the extended paternity allowance of the Social Security system and benefits received by professionals not included in Special System of Self-Employed Workers who receive maternity and paternity benefits from social welfare mutual societies acting as alternatives to the Special System of Self-Employed Workers.

      The work is preceded by preliminary considerations on the concepts of maternity and self-employed workers.


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