Sevilla, España
Reflexión sobre la oportunidad de declarar el territorio de Doñana y Bajo Guadalquivir como Bien de Interés Cultural (Zona Patrimonial, artículo 25 b. Ley 14/2007, del Patrimonio Histórico de Andalucía) para potenciar el aprovechamiento sostenible de sus recursos patrimoniales que componen un patrimonio diverso y complementario con un alto valor de uso y disfrute por la colectividad.
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