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Del derecho ambiental a los derechos de la naturaleza: Sobre la necesidad del diálogo intercultural

  • Autores: Edwin Cruz Rodríguez
  • Localización: Jurídicas, ISSN-e 1794-2918, Vol. 11, Nº. 1, 2014, págs. 95-116
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • From environmental law to nature rights: on the need for intercultural dialogue
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Este artículo estudia el debate en torno a los derechos de la naturaleza reconocidos por la Constitución ecutoriana de 2008. Reconstruye las posturas antropocéntrica y biocéntrica, dominantes en la discusión, con el objetivo de formular una propuesta que permita la comprensión de los derechos de la naturaleza a partir del diálogo intercultural. Ambas perspectivas, en el caso concreto de Ecuador, obedecen a horizontes de sentido provenientes de matrices culturales distintas: el antropocentrismo está inserto en la tradición jurídica occidental que supone que solo los seres humanos pueden ser sujetos de derecho, el biocentrismo en la cosmovisión del Buen VivirSumak Kawsay donde la naturaleza o Pacha Mama es un sujeto de derecho.

      En consecuencia, la comprensión de los derechos de la naturaleza pasa necesariamente por la promoción del diálogo intercultural, como una vía para demostrar las limitaciones de ambas perspectivas y los aspectos en que pueden complementarse

    • English

      This article studies the debate on the rights of nature recognized by the Ecuadorian Constitution. It describes the anthropocentric and biocentric approaches dominant positions in the discussion, with the aim of formulating a proposal that allows the understanding of the rights of nature from intercultural dialogue..In Ecuador both perspectives have horizons of meaning from different cultural matrices: anthropocentrism is embedded in Western legal tradition that assumes that only humans can be subjects of rights, biocentrism in the world view of the Good Life- Sumak Kawsay where nature or Pacha Mama is a subject of law.

      Consequently, understanding the rights of nature necessarily involves the promotion of intercultural dialogue as a way to demonstrate the limitations of both perspectives and aspects that can complement each other.


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