El artículo intenta definir detalladamente la autoría del delito contable de los asesores fiscales y contables. Para ello se analiza la autoría directa y las posibilidades de cometer un delito de forma mediata, diferenciando si el delito es cometido por medio de un representante o sin la actuación de un representante legal. La principal conclusión es que los contables y los asesores fiscales pueden ser imputados por el delito contable a pesar de no ser obligados tributarios.
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