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Los programas de 'compliance' o la sensibilización de la responsabilidad penal de las empresas

    1. [1] Universidad Politécnica de Cartagena
  • Localización: AECA: Revista de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas, ISSN 1577-2403, Nº 130, 2020, págs. 31-34
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, del Código Penal, estableció por vez primera en España el régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas para dar una respuesta contundente al aumento de los delitos empresariales. Sin embargo, la posterior modificación del Código Penal en 2015 permite eximir de responsabilidad criminal a las empresas que cumplan determinadas premisas, entre las que se encuentra la incorporación de un programa de 'compliance', entendido como el conjunto de medidas y controles destinado a la prevención de riesgos para una determinada sociedad mercantil de acuerdo a la normativa que le es de aplicación, naciendo así la novedosa figura profesional del 'compliance officer', cuyo cometido es precisamente la supervisión y gestión del modelo de prevención implantado.


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