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Resumen de La Digitalización del patrimonio cultural

María Serrano-Fernández

  • Desde principios del siglo XXI la Unión Europea ha prestado una especial atención a los proyectos de digitalización masiva de las obras y otras prestaciones que integran de forma permanente las colecciones de determinadas instituciones culturales, a fin de conservarlas y ponerlas a disposición del público. El punto de partida de ese conjunto normativo fue la Directiva 2001/29/CE y el último exponente la Directiva 2019/790/ del Parlamento y del Consejo de 17 de abril de 2019 sobre derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital (DDAMUD). En la primera parte de este trabajo se analizan dichas disposiciones, prestando una especial atención a las dificultades que han impedido ese proceso de digitalización del patrimonio cultural; dificultades que han estado presentes en las sucesivas normas comunitarias publicadas. Por ello, constituye un paso previo e imprescindible realizar un breve estudio de dicha normativa para comprender el sentido y alcance de la regulación contenida en la Directiva 2019/790. La segunda parte del trabajo se centra en el estudio de esta norma comunitaria; en concreto, se analiza la excepción relativa a la conservación del patrimonio cultural (art. 6 DDAMUD), para, posteriormente, estudiar los dos mecanismos previstos en la DDAMUD para permitir la accesibilidad en línea del material cultural. El principal o preferente es que las entidades de gestión colectiva celebren con las instituciones responsables del patrimonio cultural acuerdos de licencia con efecto ampliado (art. 8.1 DDAMUD); con carácter subsidiario se prevé una excepción obligatoria. Con respecto a dicha normativa, será preciso determinar si se han solventado los problemas enumerados y si las soluciones adoptadas pueden calificarse de satisfactorias.


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