El trabajador además de un deudor de carga de trabajo es un deudor de tiempo de trabajo. El trabajador debe cumplir una jornada laboral, en sentido, diario, semanal, mensual y, en última instancia anual. Por lo tanto, el trabajador es un deudor de tiempo también, pero ese tiempo se pude distribuir de forma regular o irregular y en cada caso hay unos requisitos diferentes.
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