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La horda y el discurso académico. O el discurso académico como lengua de horda (de la ley mítica de Freud al derecho imposible de Lacan)

  • Autores: Osvaldo R. Burgos
  • Localización: Derecho y Cambio Social, ISSN-e 2224-4131, Nº. 62, 2020, págs. 12-26
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • No hay ley sin mito. No hay mito sin ley. Aunque el mito en el que la ley elige sostenerse en estos tiempos no sea sino el de la negación de la mitología. Toda narración tiene un origen, pero ningún origen es más que una conjetura. Y entonces, inevitablemente, lo narrado se iniciará en un punto arbitrario, discrecional. Supondrá su construcción y su deriva a partir de un artificio ajeno a su aprehensión. Fuera de su pretensión de racionalidad. Extraño a lo que narra. Y luego, justificado en los ocultamientos de su despliegue. ¿Por qué Freud eligió justificar la autoridad en el banquete ritual de la horda de hermanos que se comen a su padre? ¿Por qué Lacan afirmó que toda pretensión de sistematización normada de las conductas se basa en un “credo de tonterías”? Y, por último, ¿qué implicancias necesarias tienen aquella elección y esta postura en nuestras formas de pensar y de hacer el derecho que nos hace? Para la explicación de sus observaciones sobre el discurso académico, Lacan recurrió al mito de Pirra y Deucalión, la versión griega de la común historia del diluvio y de sus sobrevivientes. Un mundo ha desaparecido; y otro tendrá necesariamente que nacer, si es que lo que una vez fue –lo que acabamos de dejar- ha de persistir como ex/periencia. Hoy, la imagen mítica no podría ser más apropiada. Su narración no podría devenir menos impropia ni más urgente: sobre el espacio inconmensurable de lo injusto avanzamos casi a ciegas, arrojando hacia atrás los restos óseos de un mundo que ya no es. El artificio desde el que hasta aquí nos contábamos la ley y la justicia –la competencia incesante y “racional” de todos contra todos- ya no nos sirve, no nos justifica, no cuenta. Es tiempo de cambiar los conceptos, de imaginar otros mitos. Y de pensar, al fin de cuentas, un derecho que no excluya, que no margine, que no legitime el despropósito en su apego descarado a la formalidad. Es tiempo de entender el derecho como promesa, y dejar de limitarlo conceptualmente a la sanción, que no es más que una de sus hipótesis menores.


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