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De las relaciones publico privadas: Relaciones generales y de especial sujeción

    1. [1] Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

      Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo

      México

  • Localización: Revista de la Facultad de Derecho de México, ISSN 0185-1810, Vol. 70, Nº. 278, 2, 2020 (Ejemplar dedicado a: Revista de la Facultad de Derecho de México), págs. 965-988
  • Idioma: español
  • Enlaces
  • Resumen
    • Aparecen en los escenarios jurídicos de manera más cotidiana, relaciones público-privadas, que con su actuar afectan la esfera jurídica de los ciudadanos. Este estudio reseña la transición de la figura de autoridad, y la sumatoria de un sujeto coadyuvante, que al conjugarse terminan en el supuesto de las relaciones de especial sujeción, añadiendo un nuevo panorama al derecho disciplinario y al derecho administrativo. Por lo que, las relaciones que se gestan cuando el derecho público y el derecho privado se conjugan, y que se manifiestan en; concesiones o subrogación de bienes o servicios, deben ser consideradas relaciones de especial sujeción ya que surgen en el instante en que se otorgan a particulares de estatutos especiales para cumplir alguna función del Estado, que nace de la contratación pública.


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