Raquel Jáñez Franco, Máximo Rodríguez Bardal
Tanto la LCSP como el RCIL configuran la comprobación material de la inversión como un trámite preceptivo en la recepción de todos los contratos administrativos a excepción del menor. Aún con todo, este procedimiento sigue sin materializarse en la práctica incluso en las grandes instituciones municipales por una falta de coordinación entre los órganos gestores que participan en la ejecución contractual y el personal de la intervención municipal. La comprobación material de la inversión fácilmente identificable en el contrato de obras, resulta confusa para el resto de contratos típicos traduciéndose este hecho a la postre como una omisión en la fiscalización.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados