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La disposición italiana que impide a Vivendi adquirir el 28 % del capital de Mediaset es contraria al Derecho de la Unión.TJ, Sala Quinta, S 3 Sep. 2020. Asunto C-719/19: Vivendi

  • Autores: Irmantas Jarukaitis
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 85, 2020 (Ejemplar dedicado a: Defensa de la neutralidad en la red)
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Dicha disposición constituye un obstáculo prohibido a la libertad de establecimiento, puesto que no permite alcanzar el objetivo de protección del pluralismo informativo. Para el Tribunal de Justicia el art.

      49 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a la normativa de un Estado miembro que impide que una sociedad registrada en otro Estado miembro, cuyos ingresos en el sector de las comunicaciones electrónicas, tal como se define a efectos de esa normativa, sean superiores al 40 % de los ingresos totales de dicho sector, obtenga en el sistema integrado de comunicaciones ingresos superiores al 10 % de dicho sistema.


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