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Los derechos digitales de los trabajadores a distancia

  • Autores: Miguel Rodríguez-Piñero Royo, Francisco Javier Calvo Gallego
  • Localización: Derecho de las relaciones laborales, ISSN 2387-1113, Nº. 11, 2020 (Ejemplar dedicado a: El trabajo a distancia), págs. 1448-1473
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El RDL 28/2020 contiene una regulación muy completa del trabajo a distancia, que supone una mejora respecto de la precedente aunque contiene algunos problemas importantes. Se dicta en el contexto del “Derecho de la emergencia COVID”, pero es también es un elemento más en una sucesión de normas sobre aspectos digitales del trabajo.

      En esta norma la atención a los derechos de los trabajadores es muy intensa, lo que se explica por los aspectos adversos del trabajo remoto puestos de manifiesto durante el confinamiento. Esto hace de ella un componente más en una cadena de reformas centrada en la promoción de los derechos de los trabajadores. Dentro de éstos ocupan un lugar importante los derechos digitales, vinculados con el uso de medios tecnológicos.

      Este trabajo se plantea tres objetivos. En primer lugar, analizar el papel de esta norma de emergencia en la construcción del Derecho del Derecho Digital del Trabajo. Posteriormente se evaluará la norma desde la perspectiva de los derechos de los trabajadores a distancia. Finalmente, se realizará un estudio sobre una parte de estos derechos, los que se han considerado “digitales”, dejando el análisis del resto a otro trabajo de este número monográfico.

    • English

      Royal Decree-Law 28/2020 sets a very complete regulation of remote work, a clear improvement over the previous rules governing this form of employment, even though it shows some flaws. Spanish government passed it in the context of the “COVID emergency law”, but at the same time it is a new step in a series of legislation on digital labour law.

      A lot of attention is paid to workers’ rights, a distinctive feature of this norm which is explained by the adverse aspects of remote work that previous confinement revealed. It is, thus, a new component in a series of reforms focused on promoting workers’ rights. Within these, digital rights occupy an important place, linked to the use of technological means.

      This work has three objectives: to analyze the role of this emergency rule in the construction of Digital Labor Law; to evaluate this norm from the perspective of the rights of remote workers; and to study in particular the treatment of digital rights, leaving the analysis of the rest to another paper in this same monographic issue.


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