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El bienestar de la tercera edad mediante un sistema de servicios sociales (artículo 50 CE): Las carencias de los centros residenciales puestas de manifiesto por la COVID-19

    1. [1] Universidad Nacional de Educación a Distancia

      Universidad Nacional de Educación a Distancia

      Madrid, España

  • Localización: Icade: Revista de la Facultad de Derecho, ISSN 1889-7045, Nº 110, 2020 (Ejemplar dedicado a: Los retos de la COVID-19 para el derecho de los negocios)
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The Welfare of the Elderly through a System of Social Services (Article 50 of the Constitution): The Shortcomings of the Residential Centers highlighted by COVID-19
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Tomando como punto de partida el artículo 50 CE y el Título VIII de la Constitución, se aborda la regulación de las prestaciones de servicios sociales, en especial, los centros residenciales, tanto del sistema de la Seguridad Social contenida en normas de rango menor, lo que conlleva que el Estado no haya ejercido sus competencias sobre esta materia, como del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, lo que ha supuesto una descentralización que no ha sido capaz de dar respuesta a la dramática situación y problemática que ha acontecido en los centros residenciales. Asimismo, de esta regulación se desprende que las residencias, en ningún caso, asumen la asistencia sanitaria, sino que sus funciones son exclusivamente asistenciales, sin que exista la debida conexión entre una y otra función lo que, de nuevo, acredita las carencias del sistema actual. En base a las mismas, se proponen una serie de modificaciones ya no solo legislativas sino de mentalidad para poder afrontar una de las cuestiones sociales por excelencia del siglo XXI y siguientes: el envejecimiento.

    • English

      COVID-19 demands, have shown the need to review, both at a central and regional level, the scheme of our legal regulation of social benefits, in particular residential homes for elderly, following section 50 and Chapter VIII of the Spanish Constitution. The Spanish Social Security System lies on lower ranks norms, and the System for Autonomy and Attention to Dependency is decentralized on behalf of the Autonomous Regions, hence the omission and inability of the State to provide a proper response to the dramatic situation lived in the residential homes as a result of the pandemia. Likewise, the fact that in accordance to said regulations residential homes for elderly provide care only but not health care, despite the self-evident connection between both social services, further showcase the lacks of our system. Following the conclusions of our analysis, we propose some, not only legal but approach wise, amendments to front face one of the key social challenges of the XXI century and further: aging.


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