Si las medidas cautelares se significan con la vista puesta en garantizar la sentencia que se dicte, la actual situación de crisis económica hace que cuando el actor formule una demanda dirigida a conseguir el pago de deuda pretenda asegurar que los bienes de los que dispone el demandado puedan estar en condiciones de garantizar la ejecución de una sentencia condenatoria o que el patrimonio del deudor se mantenga firme e inalterable si se duda que su mala gestión actual pueda coadyuvar a que la ejecución de sentencia sea imposible.
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