Cuando el título ejecutivo es el auto a que se refiere el artículo 517.2.8.º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, denominado comúnmente como auto de cuantía máxima, el procedimiento establecido para su ejecución presenta notables especialidades en relación con el procedimiento general establecido en los artículos 538 y siguientes de la Ley procesal civil, lo que unido a su parca regulación, apenas contenida en dos artículos (556.3 LEC y 13 LRCSCVM), justifican el estudio de esta materia en la que se analizan las cuestiones conflictivas surgidas con ocasión de la aplicación de los motivos de oposición a la ejecución de este peculiar título ejecutivo, en donde la mayoría de los problemas que se plantean son reales, tomados en gran medida de la práctica diaria.
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