La Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, modifica algunos preceptos de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, con el objeto de facilitar la aplicación de la mediación dentro del proceso civil. En este trabajo se analiza la ejecución forzosa civil tras la Ley 5/2012, destacando la asimilación, a todos los efectos, de los acuerdos de mediación a los títulos ejecutivos judiciales o arbitrales, con el objeto de potenciar esta forma extrajudicial de solución de controversias
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