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Resumen de El TS establece que procede la valoración separada del suelo y del yacimiento arqueológico que en él se asienta en caso de expropiación: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 25 Mayo 2020

  • La valoración separada es perfectamente posible porque ni la indivisibilidad ni la declaración de bien de interés cultural permiten atribuir al propietario del terreno un derecho que no tiene como es el dominio sobre el yacimiento -dominio público, inexpropiable por naturaleza-, ni otorgarle una indemnización por una privación, la del yacimiento, que no se ha producido.


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