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La proposición española de ley orgánica reguladora de la eutanasia a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (1ª parte)

  • Autores: Natalia Ochoa Ruiz
  • Localización: Revista de derecho y genoma humano: genética, biotecnología y medicina avanzada, ISSN 1134-7198, Nº 53, 2020, págs. 127-174
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The Spanish proposal for a fundamental law regulating euthanasia in the light of the European Court of Human Rights case law (1st part)
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La tramitación en el Congreso de los Diputados de una proposición de ley orgánica reguladora de la eutanasia plantea la cuestión de cuál es la postura del Derecho Internacional en esta materia. Ningún instrumento internacional de derechos humanos regula la eutanasia y el suicidio asistido. Más aún, todos ellos reconocen el derecho a la vida como el primero de los derechos y lo dotan de una especial protección. Sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado varias sentencias, muy controvertidas, en las que ha interpretado el derecho al respeto de la vida privada en clave de autonomía personal, lo que incluye “el derecho del individuo a decidir de qué forma y en qué momento debía terminar su vida”. Empleando unos criterios interpretativos cuestionables, con estas sentencias, el Tribunal de Estrasburgo ha adoptado una postura axiológica que no es necesariamente la más acorde con el sentido de los términos del Convenio de Roma.

      El Tribunal parece haberse atribuido una función creadora de derechos humanos que excede sus funciones. La proposición de ley orgánica se asienta sobre bases jurídicas discutibles. La práctica seguida en los pocos países que permiten la eutanasia y el suicidio asistido lleva a cuestionarse si la proposición de ley orgánica supone un progreso en la protección de los derechos humanos.

    • English

      The parliamentary process of a proposal for an organic law regulating euthanasia raises the question of what the position of International Law on this matter is. No international human rights instrument regulates euthanasia and assisted suicide.

      Quite the opposite, the right to life has been proclaimed as the first and most basic right guaranteed in every human rights convention and it is endowed with special protection. However, the European Court of Human Rights has issued several controversial judgments interpreting the right to respect for private life in terms of personal autonomy, which involves the individual’s right to decide how and when his or her life should end. Following questionable interpretative criteria, the Strasbourg Court has adopted an axiological position which could be not consistent with the meaning of the terms of the ECHR. The Court appears to have adopted a creative human rights function that goes beyond its functions. The proposed organic law is based on questionable legal grounds. The practice followed in the few countries where euthanasia and assisted suicide are allowed raises questions as to whether the proposed organic law represents real progress in human rights protection.


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