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El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como garante de la convencionalidad previo a la entrada del modelo de control difuso de convencionalidad en el Estado mexicano

  • Autores: Oscar Guillermo Barreto Nova
  • Localización: Revista Justicia Electoral, ISSN-e 0188-7998, Vol. 1, Nº. 25, 2020, págs. 379-408
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The Mexican Electoral Court of the Federal Judiciary as a guarantor of the conventionality prior to the entry of the diffusive conventionality control model in the Mexican State
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El presente texto tiene como objetivo evidenciar el carácter del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación como garante de la convencionalidad previo a la reforma de junio de 2011 en materia de derechos humanos, así como del expediente varios 912/2010 y de la contradicción de tesis 293/2011, a los que se referirá como los tres ejes. Para lo anterior, se tomará como base la jurisprudencia del Tribunal, a fin de definirlo como tribunal constitucional y como autoridad que tutela la convencionalidad desde antes de la entrada del modelo difuso de convencionalidad en el sistema jurídico mexicano, lo que constituirá el objeto de estudio de este trabajo. En este sentido, se precisa que el texto no abarcará toda la doctrina jurisprudencial de este órgano jurisdiccional, sino que se tomará una muestra de la que ha emitido previo a la aparición jurídica de los tres ejes. Finalmente, se hace la mención de que por convencionalidad se entenderá el uso de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en la jurisprudencia del Tribunal Electoral

    • English

      The purpose of this text is to demonstrate the character of the Mexican Electoral Court of the Federal Judiciary as guarantor of the conventionality prior to the June 2011 reform as well as of the file various 912/2010 and the thesis contradiction 293/2011 to which will be referred to as the three axes. For the above, the Court’s own jurisprudence will be taken, firstly to define this authority as a constitutional tribunal, and secondly as a conventional tribunal prior to the entry of the diffuse model of conventionality into the mexican legal system, which will constitute the object of study of this work, in this sense, it is specified that the text will not cover all the jurisprudential doctrine issued by this electoral authority, but that a sample of which has been issued prior to the legal appearance of the three axes will be taken. Finally, mention is made that conventionality means the use of the American Convention on Human Rights in the jurisprudence of the Mexican Electoral Court of the Federal Judiciary


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