Carlos Manuel Díez Soto, Isabel González Pacanowska
La Nota publicada el pasado 15 de julio 2020 por el Secretariado de Unidroit, relativa a los Principios Unidroit sobre Contratos Comerciales Internacionales en la crisis sanitaria de la Covid-19, pretende ofrecer una guía sobre el modo en que los Principios pueden servir como un útil instrumento para afrontar, en términos jurídicamente adecuados, algunos de los problemas típicos que se están suscitando como consecuencia de la pandemia y de las medidas adoptadas para paliar sus efectos, así como la crisis económica derivada. La magnitud de la crisis impone sin duda la necesidad de articular medidas legales específicas, inspiradas por criterios de justicia distributiva (y no solo conmutativa). Se trata, además, de evitar que el recurso a los instrumentos generales provoque el colapso de los tribunales, a lo que se une el inconveniente de la disparidad de criterios y la inevitable lentitud en la construcción de guías jurisprudenciales. La legislación de emergencia no podrá, sin embargo, ofrecer una solución satisfactoria a todos los conflictos que se vienen planteado y seguirán surgiendo en el futuro próximo, y es en este terreno donde tendrá que acudirse a los conceptos generales. La Nota aporta interesantes perspectivas a la hora de interpretar y aplicar las normas nacionales que regulan las instituciones básicas de obligaciones y contratos, en especial las relacionadas con las nociones de fuerza mayor/caso fortuito, y excesiva onerosidad sobrevenida/rebus sic stantibus. En este artículo, siguiendo una sistemática expositiva paralela a la de la propia Nota, se centra el foco, no tanto en la legislación de emergencia, sino más bien en el modo en que tanto los Principios como las sugerencias de la Nota pueden ser aprovechados para plantear posibles soluciones en el contexto del ordenamiento jurídico español, con una atenta consideración a los planteamientos de la jurisprudencia, sobre todo de los últimos años, y al entendimiento de las nociones de fuerza mayor y caso fortuito, imposibilidad, excesiva onerosidad sobrevenida, así como el ámbito de aplicación, los presupuestos y los efectos de la regla rebus.
The Note published on July 15th 2020 by the Unidroit Secretariat on the Unidroit Principles of International Commercial Contracts and the Covid-19 health crisis seeks to offer guidance on how the Principles could help as a useful tool to address the main contractual disruptions caused by the pandemic and by the measures taken to mitigate its effects, as well as the ensuing economic crisis. The magnitude of the crisis undoubtedly demands specific legal measures, inspired by criteria of distributive justice (and not just commutative). It is also a question of preventing an overwhelming burden of the justice system, as well as the drawbacks of criteria disparities and the unavoidable slowness in the development of consolidated jurisprudential guidelines. Emergency legislation, however, will not be able to provide satisfactory solutions to all the conflicts that have arisen and will continue to arise in the near future, and it is in this area where general concepts will have to be used. The Note provides interesting insights into the interpretation and application of national rules governing the basic institutions of obligations and contracts, in particular those related to the notions of force majeure/fortuitous event, impossibility and hardship/rebus sic stantibus. In this article, following the same structure as the Note itself, the focus is not so much on emergency legislation, but rather on the way in which both the Principles and the suggestions of the Note can be used in order to propose possible solutions in the context of the Spanish legal system, taking into account the evolution of caselaw, especially of recent years, and the understanding of the notions of force majeure and fortuitous case, impossibility, hardship, as well as the scope, the requirements and the effects of the rebus rule.
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