El artículo 18.3 de la Constitución española de 1978 garantiza el secreto a las comunicaciones. En el presente trabajo se realizará un análisis de la Sentencia del Tribunal Constitucional 241/2012 relativa a este derecho fundamental como punto clave de la resolución, a pesar de que en ella también ocupa un lugar especial del derecho a la intimidad (Derecho contenido en el apartado primero del mismo precepto constitucional).
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