La transformación de la industria bancaria en las últimas tres décadas ha sido demasiado rápida y el análisis teórico y empírico de su regulación se ha quedado rezagado. Dejando de lado el debate estéril sobre la inestabilidad intrínseca de la industria, hoy la regulación tiene como objetivo inmediato la prevención del riesgo sistémico. Poco se ha avanzado, sin embargo, en lograr un consenso sobre su significado. Lentamente se ha progresado en separar los riesgos exógenos asociados a hechos extremos en particular, a los shocks macroeconómicos del concepto de riesgo sistémico. Ahora se propone la idea de riesgo endógeno, que en situaciones excepcionales de interacción no-coordinada podría implicar graves pérdidas patrimoniales para los bancos y los depositantes. Se argumenta que esta idea no apoya la pretensión de compromisos basados en reglas aun los compromisos diluidos de la ambigüedad constructiva pero justifica la intervención discrecional de un prestamista de última instancia, sujeta a la aprobación del poder político.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados