Comentamos en este artículo, por su relevancia, la Sentencia del Tribunal Supremo, dictada sobre el arraigo laboral: Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España durante un período mínimo de 2 años y hayan tenido relaciones laborales durante un mínimo de 6 meses.
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