El presente artículo tiene como objeto profundizar en el alcance del principio de desarrollo sostenible de las ciudades, centrando su estudio, por un lado, en la disfunción normativa actualmente existente entre los documentos europeos de carácter programático y la legislación estatal con el ordenamiento jurídico nuclear de los municipios. Junto a ello, y por otro lado, el trabajo desarrolla un nuevo concepto de patrimonio municipal como elemento catalizador de la rehabilitación, de la regeneración y de la renovación urbana, sobre el cual y con el cual se puede —y se debe— adelantar en el desarrollo sostenible de la ciudades.
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