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Las pérdidas patrimoniales por diferencias de cambio en la amortización de un préstamo hipotecario multidivisa se integran en la base general del IRPF: Sentencia no 71/2021, de 26 de enero, del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Segunda, recurso de casación contencioso-administrativo (L.O. 7/2015) (recurso número 5832/2018)

    1. [1] Inspector de Hacienda del Estado
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 75, 2021
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El Tribunal Supremo fija el criterio, interpretando los artículos 46 y 49.1 b) de la LIRPF, de que la ganancia o pérdida patrimonial generada en la amortización de parte del capital pendiente de un préstamo hipotecario constituido en moneda extranjera, por diferencia del tipo de cotización en el momento de la amortización respecto del que fue fijado inicialmente en el préstamo, debe integrarse en la base general del impuesto.


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