Centro de Estudios Públicos
En estas páginas se reproduce el histórico fallo de la Corte Suprema, dictado el 8 de agosto de 2000, que privó de su fuero al general Augusto Pinochet y la opinión de minoría. De acuerdo a la sentencia, para proceder al desafuero el criterio ha de ser equivalente al que fluye del artículo 612 del Código de Procedimiento Penal. Esto significa que para declarar que ha lugar la formación de causa es necesario que aparezcan “datos que podrían bastar para decretar la detención del inculpado”, lo que implica que haya sido “establecida la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito” y “se tengan fundadas sospechas para reputar autor, cómplice o encubridor a aquél cuya detención se ordena”. La sentencia concluye, en definitiva, que “cabe reputar al general Pinochet, actual senador inculpado, la responsabilidad penal de encubridor de los delitos de homicidio”.
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