El Tribunal Supremo avala, en interpretación de la STJUE del pasado 27 de enero, la aplicación de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local exigida a las compañías que actúan en el sector de la telefonía fija y de los servicios de Internet, tanto si estas son las titulares de las redes utilizadas como si son titulares de un derecho de uso, acceso o interconexión a las mismas.
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