El presente trabajo intenta resolver la pregunta sobre la naturaleza jurídica de la multa en la contratación administrativa. La respuesta que se ofrece es que se trata de una sanción administrativa, desechando la tesis según la cual se trataría de una cláusula penal. Los argumentos que se exponen se enmarcan en dos reflexiones. Primero, sobre la naturaleza de la autoridad administrativa y el carácter potestativo de su obrar. Segundo, sobre la potestad de multar y el principio de legalidad. El contexto normativo en el que se desenvuelven las reflexiones es la Ley Nº 19.886.
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