Las Entidades Locales Menores (E.L.M.) existen desde la Ley Municipal de 1877, si bien su régimen jurídico no ha sido concretado en la regulación estatal local. La normativa autonómica de cada Comunidad Autónoma regula dicho régimen jurídico pero la plasmación real de su régimen de competencias y recursos se concreta finalmente por la E.L.M. y el Ayuntamiento matriz en el convenio que se negocia entre ambos.
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