El artículo analiza la razonabilidad, sentido democrático y fundamentación político criminológica de la suspensión de jure del ejercicio de la ciudadanía para las personas privadas de la libertad a título de pena, así como de la suspensión de facto de los presos sin condena, es decir, de las personas que se encuentran internadas en los establecimientos penitenciarios preventivamente, sin que hayan sido condenados a pena privativa de la libertad. El autor hace conocer, desde una perspectiva criminológica, su discrepancia con dicha política, fundando su posición en los principios demo liberales y critica el empleo de medidas provenientes del derecho penal del enemigo para recortar derechos fundamentales de las personas que han tenido el infortunio de ver criminalizada su conducta, con lo cual agravan y perpetúan su situación marginal.
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