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Resumen de La prueba científica de ADN en el proceso penal

Edvar Alberto Cueva Castro

  • La valoración de la prueba pericial científica de ADN en el proceso penal debe partir por desterrar algunos mitos y paradigmas, que muchas veces han dificultado o excluido el control de este medio de prueba por parte del Juez penal. Así, la cientificidad de la prueba de ADN no puede excluir la valoración por parte del Juez que debe enfocarse, por un lado, en el análisis del procedimiento pericial, conforme a los estándares científicos establecidos y por el otro lado, la fiabilidad de sus conclusiones plasmadas en el informe pericial científico de ADN. De esta manera, el Juez actuará como un epistemólogo que no asumirá la posición de científico sino de evaluador de la correctitud de esta prueba científica y emitirá una valoración con los demás medios de prueba disponibles. Esta posición ha sido asumida por nuestra Corte Suprema de Justicia que, en el Acuerdo Plenario N° 4-2015/CIJ-116, ha brindado criterios de valoración inspirados en los establecidos en el sistema norteamericano a partir del caso Daubert.


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