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La sentencia de la Corte Internacional de Justicia del 27 de junio de 2001 en el caso LaGrand

  • Autores: Soledad Torrecuadrada García-Lozano
  • Localización: Boletín Mexicano de Derecho Comparado, ISSN 2448-4873, ISSN-e 0041-8633, Nº. 109, 2004, págs. 207-260
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • En este artículo, la autora realiza un análisis de la decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso LaGrand, en particular en lo relativo a la importancia y obligatoriedad de las medidas provisionales que pueden ser decretadas por dicha corte. En el caso LaGrand, la CIJ decidió que los Estados Unidos de América había violado el artículo 36 de la Convención de Viena de 24 de abril de 1963 sobre relaciones consulares, por diversos motivos. El artículo explica cómo es que la CIJ, al afirmar por primera vez el valor de las ordenanzas en las que se decretan medidas provisionales, sentó un precedente de suma importancia para el derecho internacional público. Con su decisión, la CIJ determinó, por un lado, la responsabilidad de Estados Unidos de América por el incumplimiento de la providencia emitida por la corte el 3 de marzo de 1999; y por el otro, que la CIJ puede actuar con eficacia y agilidad si el caso así lo requiere.


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