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La evolución de la doctrina de la DGRN (1) sobre cancelación de asientos registrales de una sociedad liquidada carente de activos sin pago o consignación al único acreedor social

    1. [1] Universidad de Murcia

      Universidad de Murcia

      Murcia, España

  • Localización: La Ley mercantil, ISSN-e 2341-4537, Nº. 84 (octubre), 2021
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado sobre la cancelación de asientos registrales de una sociedad de capital carente de activos sin pago o consignación al único acreedor social ha ido evolucionando a lo largo de los últimos años, manteniéndose por dicho organismo posturas contrapuestas y oscilantes. La postura inicial de la DGRN, mantenida en las Resoluciones de 13 de abril de 2000 y de 29 de abril de 2011, fue considerar ajustada a derecho la cancelación de asientos registrales en dicha hipótesis. Tal criterio fue modificado en las Resoluciones de 2 de julio y de 4 de octubre de 2012, al imponer que la cancelación de asientos registrales debía ir ordenada en la correspondiente resolución judicial dictada en procedimiento concursal. Finalmente, en las Resoluciones de 1 y 22 de agosto de 2016 y de 19 de diciembre de 2018 la DGRN se retracta de la postura mantenida en las dos resoluciones anteriores, retomando la inicial. Por otro lado, la Resolución de 5 de noviembre de 2019, aunque referida a un supuesto diferente, incide en la línea de desvincular disolución y liquidación societaria del procedimiento concursal. En este artículo se realiza un análisis crítico de los argumentos mantenidos en las resoluciones comentadas, así como de la trascendencia del criterio mantenido por la DGRN sobre la proliferación o no de solicitudes de concurso voluntario abocadas al fracaso por faltar, además de masa activa, el presupuesto de la pluralidad de acreedores.

    • English

      The doctrine of the General Directorate of Registries and Notaries on the cancellation of registry entries of a capital company lacking assets without payment or consignment to the only social creditor has been evolving over recent years, maintaining positions by said body opposing and oscillating. The initial position of the DGRN, maintained in the Resolutions of April 13, 2000 and April 29, 2011, was to consider the cancellation of registry entries in such hypothesis as lawful. Such criterion was modified in the Resolutions of July 2 and October 4, 2012, by imposing that the cancellation of registry entries should be ordered in the corresponding judicial resolution issued in bankruptcy proceedings. Finally, in the Resolutions of August 1 and 22, 2016 and December 19, 2018, the DGRN retracts the position maintained in the two previous resolutions, resuming the initial one. On the other hand, the Resolution of November 5, 2019, although it refers to a different assumption, affects the line of disconnecting dissolution and corporate liquidation from the bankruptcy procedure.This article makes a critical analysis of the arguments maintained in the commented resolutions, as well as the importance of the criterion maintained by the DGRN on the prolifeation or not of requests for voluntary bankruptcy doomed to failure due to the lack, in addition to the active mass, of the budget of the plurality of creditors.


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