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La emisión de factura por parte del acreedor: ¿requisito fundamental para la deducción del IVA?

    1. [1] Vocal de la Junta Directiva de AEMPI
  • Localización: Economist & Jurist, ISSN 2444-3166, Vol. 29, Nº. 254, 2021, págs. 44-47
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • A través de la consulta vinculante V1317-21 de 11 de mayo, la Dirección General de Tributos niega la posibilidad de deducir las cuotas de IVA soportado si no se está en posesión de la factura emitida por el acreedor que realiza la entrega de bienes o prestación de servicios.


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