Argentina
Con fundamento en una crisis del Derecho Administrativo y la administración de los recursos frente a la pandemia, se impone la necesidad de repensar un Estado cuyas funciones estén orientadas a la producción de bienestar general. En razón de ello es el propio Estado, como garante de los derechos fundamentales, el que debe actuar brindándolos ya que convencionalmente no deben admitirse restricciones, ni siquiera en situaciones de excepción, para no apartarse de los elementos interpretativos que rigen en el ámbito del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
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