El procedimiento por el que una persona pretende obtener por parte de un órgano jurisdiccional una sentencia que declare que no existe una relación paterno-filial que previamente ha sido determinada viene regulado en dos textos legales, en el Código Civil y en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Lo cierto es que desde una correcta técnica jurídica todas las normas referentes al procedimiento de impugnación de la filiación deberían de ubicarse en un mismo texto legal, y éste no puede ser otro que en la Ley de Enjuiciamiento Civil toda vez que las normas que regulan la impugnación de la filiación en el Código Civil son normas de carácter procesal ya que vienen referidas a la legitimación para su interposición o bien referidas al plazo para su ejercicio.
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