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La prescripción por el transcurso de un año del artículo 1968 CC. Análisis de supuestos y la carga de la prueba por el transcurso del plazo

  • Autores: Vicente Magro Servet
  • Localización: Práctica de tribunales: revista de derecho procesal civil y mercantil, ISSN 1697-7068, Nº. 67, 2010
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El transcurso del tiempo para el ejercicio de las acciones judiciales viene a suponer una especie de renuncia a su planteamiento ante los tribunales y condonación del objeto de lo que hubiera constituido el objeto del proceso. No obstante, la interpretación del transcurso de estos plazos siempre es restrictiva y debe alegar el transcurso de los plazos la parte que lo plantea, que es la demandada ante quien se presenta la acción judicial. Y es que, el instituto de la prescripción extintiva supone una limitación al ejercicio tardío de los derechos, en beneficio de la certidumbre y de la seguridad jurídica, no fundada en razones de intrínseca justicia y que, en la medida en que constituye una manera anormal de extinción del derecho o acción, debe merecer un tratamiento restrictivo. Supone el objeto del presente estudio el transcurso del plazo de un año que en el art. 1968 CC se presenta ante los supuestos de la acción de retener o recobrar la posesión y la acción para exigir responsabilidad civil por injuria o calumnia y las que derivan del art. 1902 CC por culpa extracontractual.

    • English

      With the elapse of time, the possibility of bringing a suit supposes a kind of renounce both to the right to access to Justice, and to the claim. However, the interpretation of the limitation of action is always restrictive and should be the defendant who has to plead for the expiry of the time limit as a defence. Indeed, the extinction of an action, due to the running of the basic time limit, supposes a limitation of the rights of the claimant not founded on intrinsic justice, but on the benefit of legal certainty. As this limitation of a specific period of time constitutes an unusual way of extinction, both of a right, and of an action, it deserves a restrictive interpretation.

      This article analyses the basic time limit of a year set out by rule 1968 of the Spanish Civil Code, that governs the interlocutory injunction for restoring the possession, and the action for claiming civil liability in libel or slander cases.


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