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La acción de impugnación de la paternidad marital: el dies a quo. Praxis judicial

  • Autores: Antonio Alberto Pérez Ureña
  • Localización: Práctica de tribunales: revista de derecho procesal civil y mercantil, ISSN 1697-7068, Nº. 67, 2010
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El presente artículo tiene por objeto constatar que la aplicación del artículo 136.1 del Código Civil debidamente acomodado a las exigencias constitucionales impone la obligada consecuencia de no considerar caducada la acción impugnatoria ejercida por el marido dentro del plazo de un año a contar desde que conoce su falta de paternidad biológica. Además, también analizamos el tratamiento que la praxis judicial viene dando al requisito del conocimiento de la falta de paternidad biológica, y si para ello se debe seguir el criterio del conocimiento pleno y efectivo, o si, por el contrario, debe ser matizado por el de la cognoscibilidad.


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