Mario Carrión, Agustín Iza Stoll, Alejandra La Torre
Los hospitales nacionales han servido para propósitos de docencia de la Medicina, y de otras profesiones de la salud, prácticamente desde que iniciaron su funcionamiento. En los últimos años se han formulado diversos dispositivos legales y administrativos que norman los derechos de los pacientes en relación a la docencia; ellos establecen que debe constar el consentimiento escrito del paciente en la historia clínica. Se formuló una encuesta a 239 pacientes adultos internados en un hospital docente, y en el 99,5 % no se encontró el consentimiento informado en la historia clínica; el 100 no conocía sus derechos, pero sabía que en el hospital se hacía docencia; el 98,6 % manifestó que recibieron un trato respetuoso de los alumnos de las ciencias de la salud, y todos estaban dispuestos a colaborar en el entrenamiento de los estudiantes. Se hace necesario que las autoridades hospitalarias y de las universidades supervisen que los profesionales de la salud docentes informen adecuadamente a los pacientes sobre estos derechos y obtengan su consentimiento.
Palabras clave: Hospital, pacientes, educación médica, consentimiento informado, recursos humanos en salud.
© 2001-2025 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados