El artículo propone que la exigencia de un título académico como requisito para el ejercicio del periodismo es incompatible con los estándares interamericanos de derechos humanos. El autor examina el artículo 42 de la Ley Orgánica de Comunicación (LOC) de Ecuador y los alcances del control de constitucionalidad y de convencionalidad en materia de derechos humanos. También la posibilidad de que el artículo 42 constituya una restricción ilegítima a la libertad de expresión y un escenario de censura previa, en un contexto en el que incluso podría implicar una sanción penal y en el que existe un criterio definido de la Corte Interamericana contrario a la titulación obligatoria para el ejercicio periodístico.
The article proposes that the requirement of an academic degree to exercise journalism is incompatible with Inter-American human rights standards. The author examines Article 42 of the Organic Law of Communication (LOC) and the scope of the control of constitutionality and conventionality in the matter of human rights. Article 42 may also constitute an illegitimate restriction on the freedom of expression and a scenario of prior censorship within a context that could even imply a criminal sanction and in which there is a definite criterion of the Inter-American Court opposed to a mandatory degree in order to practice journalism.
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