La experiencia jurídica norteamericana en el control de la erosión del suelo se remonta a los años treinta cuando la erosión eólica asoló las grandes llanuras del país. La acción de la Administración se ha centrado en el empleo de la subvención a agricultores, dentro de fórmulas de participación voluntaria; aunque en la mayoría de las veces la subvención conservacionista se ha usado para intervenir en los precios agrícolas.La erosión del suelo es una materia de importancia federal y el Tribunal Supremo viene admitiendo desde los años treinta la competencia federal en esta materia. La política de subvenciones para la conservación se ha mostrado de escasos resultados al no tener coordinación con el resto de las políticas de fomento; y por eso, y en un contexto neoliberal, en 1985 se cambió la orientación de los programas y se redujeron cuantitavivamente, concentrándose en la conservación de suelos muy erodibles y conectándose con la protección de los otros recursos ambientales. Las subvenciones se han canalizado a través de entidades locales especiales desparramadas por todo el país, formadas principalmente por agricultores. En los años 70, la erosión del suelo se ha conectado con la política de control de calidad de las aguas y desde la Unión se han aprobado créditos y subvenciones para los Estados que lleven a cabo programas de control de la contaminación difusa. Los Estados han aprobado normas para controlar la contaminación difusa y en muchos casos se han servido de las entidades locales especiales ya existentes para que sean las que controlen la erosión del suelo como fuente de contaminación difusa. El incumplimiento de la normativa de conservación del suelo por parte de agricultores no es sancionable (salvo excepciones en algunos Estados) por lo que, en buena parte, el cumplimiento de las medidas de conservación son voluntarias y sujetas a las subvenciones. El contenido del derecho de la propiedad privada en los Estados Unidos constituye un obstáculo para el desarrollo de las políticas de conservación del suelo.
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