El Comité Europeo de Derechos Sociales publicó el 10 de noviembre de 2021 una decisión de fondo sobre las guardias de disponibilidad no presencial. En principio, se corresponde con una interpretación consolidada, en la que determina que la inclusión de estos períodos de localización, de no haber intervención, en el cómputo del descanso diario o semanal, asimilándolos a ellos, o su realización en domingo, vulnera el art. 2.1 y 5 de la CSEr. La significación es indiscutible si se tiene en cuenta que, paralelamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lleva tiempo resolviendo en sentido opuesto, en el sentido de no considerar incumplimiento de la normativa comunitaria la citada equiparación. Ahora bien, la evolución de sus exégesis generales va precisándose. Este comentario tiene por finalidad dar a conocer el importante pronunciamiento con tres objetivos. En primer lugar, subrayar una puntualización que incorpora, a mi modo de ver, un aspecto trascendental desde el punto de vista jurídico. En segundo lugar, su implementación en las jurisdicciones domésticas. Y, en tercer y último lugar, estimular la presentación por los agentes sociales de una reclamación colectiva, en la medida en que la reciente ratificación de la Constitución Social de Europa se efectuó incluyendo la aceptación de dicho procedimiento de supervisión.
The European Committee of Social Rights published on November 10, 2021 a decision on the merits regarding on-call duty. At first glance, it seems to correspond to a consolidated interpretation by which, in the absence of intervention, the integration of these on-call periods as daily or weekly, or its realization on Sunday, rest violates art. 2.1 and 5 of the revised ESC. The significance of this interpretation is undeniable given that the Court of Justice of the European Union has been ruling in the opposite direction for some time, refusing to consider the aforementioned equivalence to be in breach of Community law. However, the evolution of its general exegesis is becoming more precise. The purpose of this commentary is to make the significant decision known with three objectives in mind. Firstly, it sets out to underline, in my view, a key aspect from a legal point of view. Secondly, it sets out to explain its implementation in domestic jurisdictions. And, third and finally, it intends to stimulate social partners to lodge a collective complaint, insofar as the recent ratification of the Social Constitution of Europe included the acceptance of its supervisory procedure.
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