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Según el Tribunal Supremo, la compensación de bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades no es una opción tributaria, sino un «verdadero derecho autónomo»: Sentencia del Tribunal Supremo n.o. 4394/2021, de 30 de noviembre (rec. 4464/2020)

    1. [1] Universitat de València

      Universitat de València

      Valencia, España

  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 83, 2022
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En la sentencia que vamos a comentar, el Tribunal Supremo declara que la compensación de bases imponibles negativas en el Impuesto sobre Sociedades no es una «opción tributaria», sino un verdadero «derecho autónomo del contribuyente» que éste puede ejercer en caso de presentación extemporánea de la autoliquidación del impuesto.


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