Tras la Sentencia del TJUE que impide que los Tribunales Económico-Administrativos puedan interponer cuestiones prejudiciales, se ha cuestionado la necesidad de agotar dicha vía antes de acceder a la jurisdicción cuando el asunto verse exclusivamente sobre la compatibilidad de la norma doméstica con el Derecho de la UE. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha considerado preceptivo el agotamiento de la vía económico-administrativa, pues el efecto directo y la primacía del Derecho de la Unión Europea obligan a la Administración, y concretamente a los TEA, a garantizar su cumplimiento, incluso a costa de inaplicar el ordenamiento interno. Palabras Clave: Tribunal Económico-Administrativo, Derecho de la UE, efecto directo, primacía.
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