La Dirección General de los Registros y del Notariado en resoluciones recientes, ha abierto a la calificación registral el cumplimiento de los requisitos de transparencia en las hipotecas tanto de predisponentes como de notarios. La novedad de la materia impone un esfuerzo de concreción que detalle y especifique los nuevos deberes que se imponen a los registradores en la calificación de los requisitos de transparencia. La tarea no es fácil: aunque la lógica me lleva a entender que el incumplimiento de las obligaciones de transparencia de notarios y empresarios da lugar a la denegación de la cláusula deficitaria de información con inscripción del resto, la DGRN ha resuelto que lo procedente es la suspensión de la hipoteca en su totalidad.
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