Determinadas enfermedades de origen común, como migrañas o fibromialgias, afectan de forma prevalente a las mujeres. Sin embargo, ni la entidad gestora de las pensiones por incapacidad permanente ni los tribunales otorgan el suficiente reconocimiento prestacional a este tipo de situaciones, muy dolorosas y altamente incapacitantes en la realidad. El resultado es una importante brecha de sexo en esta rama de protección social, una nueva diferencia peyorativa para las mujeres especialmente grave, porque al dolor psicofísico se suma el de la incomprensión y desprotección social. En este comentario se hace una profunda revisión de la doctrina judicial española más reciente en esta materia.
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