Hoy en día estamos viviendo en un entorno constitucionalista, la misma que establece por medio de la nuestra Carta Magna, que los objetivos principales de la pena es de cumplir la función preventiva, protectora y resocializadora y por lo tanto con la pena de muerte no se podría dar los elementos antes dichos, sin embargo a mi parecer el hecho de que la pena de muerte no se encuentre tipificada en la legislación ecuatoriana, conlleva varios problemas, tales como: gasto público en personas que atentaron contra otras personas violentando sus derechos, la reiterada conducta delictuosa y el quebrantamiento de la ley. La pena capital es vista como el retroceso de la ley y con ello la violación a aquellos derechos que con el tiempo y los esfuerzos de guerreros no los reconocieron, pero solo es una opción o medida alterna, para afrontar y evitar que ciertas personas sigan atacando los derechos de los otros y que el sistema judicial no actué como debe hacerlo. Teniendo como fin la presente investigación de demostrar que con la implementación de la pena de muerte en los casos de delitos sexuales y delitos en contra la vida en nuestro ordenamiento jurídico, lograremos alcanzar un bajo índice de criminalidad en razón de las experiencias internacionales y a su vez alcanzar una verdadera justicia.
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